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POT, Componente Ambiental
II
Determinantes Ambientales del Ordenamiento
Estructura Ecológica Principal |
CONCEPTO
AMBIENTAL DE SOPORTE.
- Importancia y jerarquía dentro del esquema de Ordenamiento
.
La estructura ecológica es un eje estructural de ordenamiento
ambiental, en tanto contiene un sistema espacial, estructural y funcionalmente
interrelacionado, que define un corredor ambiental de sustentación, de vital importancia
para el mantenimiento del equilibrio ecosistémico del territorio.
Definida como una porción del territorio que se selecciona y
delimita para su protección y apropiación sostenible, dado que contiene los principales
elementos naturales y construidos que determinan la oferta ambiental del territorio,
conformando un elemento estructurante a partir de cual se organizan los sistemas urbanos y
rural; es por sus características suelo de protección atendiendo a lo establecido en el
artículo 35 de la ley 388 de 1997 y parte del contenido estructural del Plan de
Ordenamiento atendiendo al literal 2.2 del artículo 12 de la misma Ley.
La estructura ecológica principal se establece atendiendo a los
siguientes objetivos:
- Sostener y conducir los procesos ecológicos esenciales, garantizando la
conectividad ecológica y la disponibilidad de servicios ambientales en todo el
territorio.
- Elevar la calidad ambiental y balancear la oferta ambiental a través del
territorio en correspondencia con el poblamiento y la demanda.
- Promover la apropiación sostenible y disfrute público de la oferta ambiental
por parte de la ciudadanía.
TRATAMIENTO DENTRO DEL POT.
La Estructura Ecológica Principal está conformada por tres
componentes:
- El Sistema de Areas Protegidas Distritales: Es el conjunto de espacios con
valores singulares para el patrimonio natural del distrito, la región y la nación, cuya
conservación resulta imprescindible para el funcionamiento de los ecosistemas, la
conservación de la biodiversidad y la evolución de la cultura en el distrito. Todos sus
elementos son suelo de protección.
- Los parques, en la categoría de parques metropolitanos y urbanos, que
agrupan aquellos elementos del espacio público, destinados a la recreación pública,
cuya función principal dentro de la Estructura Ecológica Principal es la de establecer
la conexión espacial entre los elementos del sistema de áreas protegidas, dando
continuidad a la estructura. Todos sus elementos son suelo de protección.
- El Area de Manejo Especial del Valle Aluvial del Río Bogotá. Dentro de la cual sólo
es suelo de protección, la franja de terreno desde el Puente del Común hasta
Alicachín, que incluye la ronda hidráulica y la zona de manejo y preservación ambiental
del río, definida con el fin de coordinar las acciones distritales requeridas para
potenciar el río como el principal eje de articulación con el contexto regional.
- Estructura Ecológica Principal Urbana.
Componente |
Categoría |
Elemento |
Sistema de Areas Protegidas |
Santuario
Distrital de Fauna y Flora |
Bosque de las
Mercedes |
Reserva
Forestal Distrital |
Cerros de Suba
Sierras del Chicó |
Parque
Ecológica Distrital |
Cerro de La
Conejera
Cerro de Torca
Entrenubes
Humedales: Juan Amarillo, Jaboque, La Conejera, Santa María del
Lago, Torca-Guaymaral, Córdoba, Burro, Techo, Vaca, Capellanía, Tibanica, Meandro del
Say. |
Parques Urbanos |
De
recreación Pasiva |
Ríos y Canales |
De
Recreación Activa |
Parques en la
categoría de Metropolitanos y Urbanos |
- Area de Manejo Especial del Río Bogotá (ronda hidráulica y zona de manejo y
preservación ambiental).
Acciones Prioritarias |
Descripción |
Componentes |
Articulación
ambientalmente sostenible al contexto urbano |
Ordenamiento a
mayor nivel de detalle identificando áreas para incorporar al sistema de áreas
protegidas y a parques urbanos de recreación pasiva. |
|
Sistema
de descontaminación del río Bogotá y sus afluentes y manejo hidráulico de los cursos
de agua |
Adecuación
Hidráulica del río Bogotá. |
Medidas para
mitigación de riesgos por inundación: jarillones y dragado. |
Sistema
Complementario de Alcantarillado. |
Mejoramiento y
ampliación del sistema de alcantarillado: pluvial, sanitario, mixto y colectores. |
Sistema de
descontaminación del río y sus afluentes |
Control de
Contaminación en la Fuente.
Programa de descontaminación y recuperación ecológica e
hidráulica de humedales.
Sistema de Tratamiento de Aguas Residuales. |
Hacen parte del Sistema de Areas Protegidas del Distrito
Capital, las Areas Protegidas del Orden Nacional y Regional, las cuales para efectos de
planificación e inversión, se acogen al régimen de usos, planes de manejo y reglamentos
específicos establecidos para cada una por la autoridad ambiental competente.
Los Cerros Orientales, Reserva Forestal Protectora Bosque
Oriental de Bogotá, corresponde a un elemento del sistema de áreas protegidas del orden
Nacional.
Artículo 389 (Proyecto de Acuerdo del POT)- Ordenamiento
de los Cerros Orientales:
"Las actividades de las distintas entidades y los
particulares dentro de los Cerros Orientales (Reserva Forestal Protectora Bosque Oriental
de Bogotá, Resolución 76 de 1977 del Ministerio de Agricultura), se sujetarán a la
zonificación y reglamentación que elabore la Corporación Autónoma Regional CAR para
esta área, en concertación con el Ministerio del Medio Ambienta y el Distrito
Capital."
- Consideraciones de base para la asignación del régimen de usos para la
Estructura Ecológica principal.
Con el fin de asegurar una forma de apropiación sostenible de
los elementos de la estructura, en cumplimiento de su función social y ecológica, es
pertinente asignar un régimen de uso para la Estructura Ecológica Principal dentro del
cual sea posible diferenciar los elementos naturales con valor ecosistémico de aquellos
elementos construidos, cuyo valor principal es de carácter paisajístico.
Atendiendo a lo anterior, en la definición del régimen de
usos, las áreas protegidas atienden a una prioridad de conservación, restauración y
manejo, con miras a mantener su funcionalidad ecosistémica, y a un segundo objetivo que
es la recreación pasiva, el cual queda subordinado a los requerimientos, tratamientos y
zonificación necesaria para la conservación y protección de hábitats.
En los Parques Urbanos, si bien se tienen los mismos dos
objetivos, su orden de prioridad es inverso, por tanto la conservación se subordina a su
función principal referida a la recreación activa y pasiva.
La ronda y zona de manejo y preservación ambiental del río
Bogotá, será objeto de un análisis de mayor detalle, que a través de una zonificación
de la misma, posibilite establecer porciones a ser incluidas como elementos del sistema de
áreas protegidas o parques urbanos de recreación pasiva. |
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