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Informe, Incendios Forestales 2001
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INFORMACIÓN GENERAL
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COMISIÓN DISTRITAL DE PREVENCIÓN Y
MITIGACIÓN DE INCENDIOS FORESTALES

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CREACIÓN:

La Comisión Distrital de Prevención y Mitigación de Incendios Forestales se conformó hacia finales de 1996, con el fin de agrupar a las diferentes entidades que de alguna manera estaban trabajando o tenían que ver con el tema. Fue así como los representantes de la Dirección de Prevención y Atención de Emergencias, el Cuerpo Oficial de Bomberos, la Empresa de Acueducto y Alcantarillado y el Departamento Técnico Administrativo del Medio Ambiente, entre otros, iniciaron la gestión y formularon un primer plan de contingencia.

Posteriormente, en septiembre de 1997 la Comisión quedó respaldada legalmente mediante el Decreto No. 2340k, que establece en su artículo noveno, que "Los departamentos y los municipios, distritos y áreas metropolitanas cuya población urbana sea superior a un millón (1.000.000) de habitantes, deberán crear Comisiones para la Prevención y Mitigación de Incendios Forestales...".

CONFORMACIÓN:

El Decreto No. 2340/97 (artículo décimo primero) señala que la Comisión debe estar integrada por:

  • El Director o Gerente de la autoridad ambiental, quien haga sus veces o su delegado, quien la presidirá.
  • El Director de las Corporaciones Autónomas Regionales o de Desarrollo Sostenible con jurisdicción en el área rural del municipio o distrito, o su delegado.
  • El Alcalde del municipio o distrito o su delegado.
  • El jefe de la UMATA, o su delegado.
  • Un representante de las Fuerzas Militares.
  • Un representante de la Policía Nacional.
  • Un representante de la Defensa Civil.
  • Un representante de la Cruz roja Colombiana.
  • Un representante del Cuerpo de Bomberos.

En el caso de la Comisión Distrital, ésta se encuentra conformada por dos tipos de integrantes, los permanentes y los ocasionales. Los primeros, son los que participan de manera regular, por tener competencia en el tema; los segundos son los que eventualmente participan, debido a que su responsabilidad y/o acompañamiento, depende de situaciones especiales o temporales. En algunas oportunidades se invita a las sesiones de la Comisión, a otras entidades o personas, según sea necesario.

En la actualidad, los miembros de la Comisión Distrital son los siguientes:

Permanentes:

  • Departamento Técnico Administrativo del Medio Ambiente – DAMA (autoridad ambiental)
  • Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca – CAR (Corporación con jurisdicción en el área rural de Bogotá)
  • Dirección de Prevención y Atención de Emergencias – DPAE (delegado del Alcalde Mayor)
  • Escuela de Logística del Ejército Nacional (representante de las Fuerzas Militares)
  • Policía Ecológica y Ambiental (representante de la Policía Nacional)
  • Defensa Civil Colombiana – Seccional Bogotá
  • Cuerpo Oficial de Bomberos de Bogotá
  • Secretaría Distrital de Salud
  • Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá
  • Jardín Botánico de Bogotá "José Celestino Mutis"

Ocasionales:

  • Ministerio del Medio Ambiente
  • Cruz Roja Colombiana
  • Empresa de Energía de Bogotá
  • Instituto Distrital para la Recreación y el Deporte
  • Fuerza Aérea Colombiana

La comisión es presidida por el Departamento Técnico Administrativo del Medio Ambiente (DAMA), quien a su vez ejerce la secretaría técnica, dando cumplimiento a lo señalado en el Decreto No. 2340/97, en el numeral primero del artículo décimo primero y al parágrafo del artículo noveno, respectivamente.

FUNCIONAMIENTO:

La Comisión se reúne de manera ordinaria una vez al mes, y cuando es necesario, de forma extraordinaria. Su objetivo principal es "...servir de órgano asesor en materia de incendios forestales" (artículo noveno del Decreto No. 2340/97) y para ello, desarrolla entre otras las siguientes funciones (artículo décimo tercero del Decreto No. 2340/97):

  • Asesorar a las entidades integrantes del Sistema Nacional para la Prevención y Atención de Desastres y del Sistema Nacional Ambiental - SINA -, en la formulación y el desarrollo de planes, programas, proyectos y actividades en materia de prevención y mitigación de incendios forestales.
  • Analizar y evaluar la problemática de incendios forestales.
  • Proponer programas educativos y de divulgación a la comunidad, en todos los aspectos relacionados con incendios forestales.
  • Evaluar el cumplimiento de planes, programas, proyectos y actividades en materia de prevención y mitigación de incendios forestales, proponer nuevas iniciativas y sugerir correctivos.

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