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Decreto PREMUA
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TERMINOS DE REFERENCIA PARA LA CONSTRUCCION Y OPERACIÓN DE ESCOMBRERAS COMO USOS TRANSITORIOS EN LA RECUPERACIÓN ECOLÓGICA, MORFOLÓGICA, URBANÍSTICA Y AMBIENTAL DE ÁREAS DEGRADADAS POR LA MINERÍA EN EL DISTRITO CAPITAL.

  • ANTECEDENTES

    La conformación y operación de escombreras como uso transitorio para contribuir a la recuperación ecológica, morfológica, urbanística y ambiental de las áreas degradas por la minería, se regula por el artículo 204 del Decreto 619 de 2000 "Plan de Ordenamiento Territorial del Distrito Capital", reglamentado por el Decreto XX de 2001, siendo los presentes términos de referencia el Anexo 2 de dicho Decreto Reglamentario. De conformidad con los mismos, la conformación de escombreras en áreas degradadas por la minería, se considera como un uso transitorio del suelo y su operación debe conducir a la reconformación y estabilización del terreno, permitiendo el establecimiento de un uso futuro que integre los terrenos afectados a los usos urbanos o rurales según corresponda.

  • INTRODUCCION

    Los presentes términos de referencia contienen los parámetros que es necesario considerar para el diseño y operación de escombreras a establecer en áreas degradadas por la actividad minera.

    La parte de diseño de la escombrera deberá considerar la relación explícita entre la reconformación y estabilidad del terreno, con las condiciones requeridas para el establecimiento del uso futuro aprobado por el Departamento Administrativo de Planeación Distrital para el área objeto de PREMUA.

    La operación de la escombrera estará sujeta al cumplimiento de la normativa ambiental vigente y al desarrollo de las medidas involucradas dentro del Plan de Manejo Ambiental de la escombrera, el cual se formulará con el fin de mitigar, prevenir, minimizar, compensar, corregir y evitar los impactos negativos que la operación de la escombrera puede llegar a ocasionar sobre el ambiente y el entorno urbano o rural según corresponda.

    Los presentes términos de referencia aplican como parte del desarrollo de la Fase de Diseño de la Reconformación Técnico-Ambiental del Terreno, del que trata el artículo 30 del Decreto Reglamentario XX del 2001, sólo si la habilitación del terreno hacia el uso futuro, plantea la necesidad de establecer una escombrera como uso transitorio del terreno. Por tanto, se entenderán abordadas y aprobadas la Etapa de Consulta Preliminar y las Fases de Determinación del Uso Futuro y de Diseño del Uso Futuro, de las que tratan los artículos 26 a 29 del Decreto Reglamentario.

  • ESTUDIO DE LÍNEA BASE DEL ÁREA.

    El estudio de línea base del área debe servir a dos propósitos, de una parte brinda los elementos necesarios para elaborar el Plan de Construcción de la Escombrera, de otra, es el primer componente del Estudio de Impacto Ambiental que habrá de presentarse para el otorgamiento de la Licencia Ambiental que requiere la construcción y operación de la escombrera.

    El estudio de línea base debe contener la descripción, caracterización y análisis el medio biótico, abiótico y socioeconómico en el cual se pretende desarrollar la escombrera. Definiendo además las áreas que sean ambientalmente críticas, sensibles y de importancia ambiental e identificando las áreas de manejo especial que deban ser excluidas, tratadas o manejadas de manera especial en el desarrollo o ejecución de la escombrera.

  • Descripción del estado geomorfológico y geotécnico del área.
  • Levantamiento topográfico amarrado a coordenadas IGAC, a escala 1:2000.
  • Plano de secciones cada Pendientes a escala 1:2000
  • Estudio Geotécnico de la zona, que defina estabilidad y capacidad portante de los suelos del área. (Ángulos de reposo y taludes)
  • Las formas predominantes del terreno.
  • Contextura de la superficie
  • Proceso de denudación.
  • Morfodinámica del área (carta morfodinámica).
  • Descripción del Componente Hidrosférico.
  • Identificación y caracterización de los cuerpos de agua existentes en el área. Se ubicarán en un plano tanto las aguas corrientes como en reposo, se diferenciarán según su naturaleza (permanentes o intermitentes, superficiales o subterráneas) y se identificarán como cauces naturales o artificiales (tuberías, canales, alcantarillas, etc).
  • Determinación del Nivel Freático en el área.
  • Evaluar la capacidad portante del terreno mediante las pruebas necesarias.
  • Descripción del Componente Atmosférico.
  • Intensidad, periodicidad y distribución de las precipitaciones.
  • Dirección y velocidad de los vientos.
  • Descripción del componente biótico del área.
  • Plano de Cobertura Vegetal existente, escala 1:2.000
  • Plano que determine la conexión con elementos del Sistema de Áreas Protegidas circunvecinas, escala 1:2.000
  • Descripción Socioeconómica y Urbanística del área.
  • Distancia entre el área y núcleos de población (usos urbanos y/o rurales)
  • Existencia o no de aislamientos entre el área y la población circunvecina.
  • Identificación y caracterización de la infraestructura existente en el área: Estructuras y vías internas, existencia o no de servicios públicos (agua, energía, teléfono)
  • Accesibilidad: Pendiente media de las vías de acceso en porcentaje, Número de vías de acceso a la escombrera, Condiciones de las vías de acceso especificaciones técnicas de ancho de vía, pavimento, alineamientos, radios de curvatura).
  • Existencia de asentamientos humanos dentro del área. Conceptos de la DPAE y DAPD al respecto, producidos en desarrollo de la Etapa de Consulta Previa.
  • PLAN DE CONSTRUCCIÓN DE LA ESCOMBRERA

    Para abordar el diseño de la escombrera debe partirse del análisis de línea base que establece el estado actual del área. Este, en comparación con la morfología y estabilidad que se requiere para adecuar el terreno a las condiciones necesarias para establecer el uso del uso futuro, determinarán las características básicas del plan de construcción de la escombrera.

Requerimientos del terreno para el establecimiento del uso futuro aprobado.

Atendiendo a los conceptos emitidos en las etapas y fases anteriores de la Formulación y Aprobación del PREMUA, deberán identificarse las condiciones morfológicas del área, que resultan necesarias para el establecimiento del uso futuro aprobado. Estas condiciones deberán indicarse en un grupo de planos a escala conveniente, considerando las distintas áreas en que quepa ser subdividida el área objeto de la escombrera. Los planos presentarán la conformación final del terreno y su relación con el diseño del uso final ya aprobado por el DAPD.

En relación con lo anterior, es necesario establecer con claridad las condiciones en las cuales el operador de la escombrera, se compromete a entregar el terreno en su relación con el diseño aprobado del uso final.

Zonificación del área de disposición de escombros.

Deberá partirse de un cálculo de la capacidad de la escombrera, donde se determine: Área disponible para depositar escombros y la Capacidad de almacenamiento en metros cúbicos.

Con base en ello, el área de depósito debe subdividirse en módulos cuya superficie estará en función de la capacidad operativa de la escombrera. Los módulos podrán subdividirse en submódulos, cuadros, sectores, subceldas y celdas como la mínima superficie a rellenar. Las dimensiones de las celdas deben compatibilizarse con el frente de trabajo (sitio donde llegan los vehículos que transportan los escombros para ser dispuestos) y debe considerarse que para una eficiente operación los equipos de relleno no arrastrarán los escombros más de 35 metros.

Obras de adecuación y preparación del sitio.

Incluye como mínimo, la caracterización de los siguientes procesos:

  • Movimientos preliminares de tierra.
  • Demolición o adecuación de infraestructura existente en la zona.
  • Descapotes, si es del caso.
  • Tratamiento del suelo de soporte para el relleno: Las bases y paredes del relleno pueden ser tratadas para aumentar su capacidad de soporte o permitir una repartición uniforme de esfuerzos mediante geotextiles. De no considerarse deberán argumentarse las razones técnicas de su exclusión.
  • Manejo de la escorrentía: La escorrentía deberá manejarse mediante canales perimetrales o zanjas de coronación que impidan el ingreso de aguas a la zona de trabajos. Estas deben construirse desde un comienzo con el fin de dirigir adecuada y permanentemente las aguas en la escombrera.
  • Construcción y adecuación de vías internas: Atendiendo al nivel de utilización de las mismas deberán establecerse vías con especificaciones técnicas para tráfico pesado, construidas en capa asfáltica y proyectadas con una vida útil igual a la duración de la escombrera. El sistema vial debe estar en relación con la zonificación realizada.

Infraestructura Complementaria.

Son las obras que ayudan a la adecuada operación de la escombrera

  • Cerramiento y Medidas de Protección: El área deberá ser completamente cerrada cumpliendo con los requisitos de seguridad. Se debe complementar con la conformación de barreras vivas de árboles y arbustos que permitan el aislamiento visual y un manejo estético y paisajístico adecuado de la zona.
  • Valla o Cartel de Identificación: Debe incluir el nombre de la escombrera, los horarios de trabajo, las tarifas de descarga, materiales excluidos y uso posterior del predio.
  • Instalaciones Sanitarias: Se debe contar con adecuados servicios sanitarios para los trabajadores para lo cual se deberán construir las obras necesarias.
  • Caseta de control y Pesaje: Se ubicará a la entrada de la escombrera junto con la báscula si se tiene. En dicha caseta se controlará el material que ingresa y se indicará el sitio de disposición.
  • Instalaciones para los trabajadores: Pueden ser fijas o portátiles y deben contener lo necesario para la comodidad y bienestar de los operarios.
  • Instalaciones para la administración: Si se estima necesario podrá disponerse de un área específica para oficinas de administración y dirección.
  • Áreas para mantenimiento de maquinaria: Se debe disponer de espacios suficientes para abastecimiento de combustibles y mantenimiento de maquinaria. Estas áreas deben contar con las medidas necesarias para evitar los derrames de combustibles y la contaminación del suelo y las aguas con aceites y grasas.
  • Lavado de Llantas: Se debe establecer un sistema de lavado de llantas a la salida de la escombrera con el fin de evitar el transporte de materiales a las vías externas.
  • Áreas de parqueo y Maniobras para los vehículos transportadores.
  • Áreas para clasificación de materiales.

Deberá presentarse los planos que indiquen la distribución interna de la infraestructura complementaria planteada, a escala conveniente para evidenciar la localización relativa de cada una de ellas respecto a las otras.

PLAN DE OPERACIÓN DE LA ESCOMBRERA

Transporte de los Escombros.

  • Tipo y características de los vehículos a utilizar
  • Número de vehículos
  • Horarios de transporte
  • Características y estado de las vías de acceso a utilizar

Métodos de disposición y compactación de escombros.

Deberá establecerse el método de disposición y compactación de los escombros dependiendo de sí se pretende generar elevaciones topográficas a partir de un terreno plano, si se trata de acomodar el relleno contra taludes, para mejorar su estabilidad, o si se pretende rellenar depresiones. De plantearse la necesidad de almacenaje temporal de escombros o procesos de selección de escombros, deberá indicarse el método para llevarlos a cabo.

En cualquier caso son factores determinantes: el ancho de las capas a compactar, el método y equipos de compactación, las pendientes generadas y el manejo de aguas lluvias.

Deberán entregarse planos a escala conveniente donde se identifique la zonificación realizada.

Tratamiento final.

En la medida que se vayan obteniendo los perfiles finales, las áreas deberán someterse a tratamiento final. Este tratamiento dependerá de la destinación específica del área según el uso futuro aprobado y de los acuerdos alcanzados entre el operador de la escombrera y quien implementará el uso final, si se trata de personas distintas.

Deberán entregarse planos a escala conveniente, donde se defina el estado final de cada una de las áreas producto de la zonificación de la escombrera así como del estado final de la totalidad del área.

Control Operacional.

  • Procedimiento para el recibo y selección de escombros
  • Procedimientos para el control de relleno de las distintas zonas
  • Procedimientos para el mantenimiento de vías internas
  • Procedimientos para el control y vigilancia de aguas de escorrentía
  • Procedimientos para el mantenimiento de infraestructura complementaria
  • Procedimiento para el mantenimiento de vehículos y equipos

PLAN DE MANEJO AMBIENTAL DE LA ESCOMBRERA.

De conformidad con el Decreto 1753 de 1994, el establecimiento de escombreras requiere de Licencia Ambiental, la cual constituye la autorización para la ejecución del proyecto de la escombrera, otorgada, previa la presentación de un estudio de impacto ambiental.

El estudio de impacto ambiental es un instrumento para la toma de decisiones y para la planificación ambiental, exigido por la autoridad ambiental para definir las correspondientes medidas de prevención, corrección, compensación y mitigación de impactos y efectos negativos originados por la construcción y operación de la escombrera.

El estudio de impacto ambiental tendrá el siguiente contenido:

Estudio de línea base (numeral 3 de los presentes términos de referencia).

Con base en la información del numeral 3 de los presentes términos de referencia deberá hacerse la delimitación, caracterización y diagnóstico de las áreas de influencia directa e indirecta.

Descripción del Proyecto de la Escombrera (numerales 4, 5 y 6 de los presentes términos de referencia).

Considerando la información de los numerales 4 a 6 deberá hacerse la descripción de los procesos y operaciones; identificación y estimación de los insumos, productos, subproductos, desechos, residuos, emisiones, vertimientos y riesgos tecnológicos, asociados a cada uno de ellos.

Dimensionamiento y evaluación los impactos y efectos de la conformación y operación de la escombrera.

Para este propósito se requiere adoptar una metodología que permita conocer los posibles efectos, positivos o negativos y las acciones del proyecto que las producen. Se podrán utilizar listas de verificación, matrices o diagramas de flujo para determinar estos aspectos. Los efectos deberán identificarse como mínimo para cada componente de los considerados dentro de la línea base y en consideración de las diferentes etapas de construcción y operación de la escombrera.

Como mínimo deberán considerarse las siguientes tres etapas: adecuación del área de la escombrera, operación de la escombrera, terminación de la escombrera, para las cuales deberán considerarse todas las actividades involucradas en su desarrollo. Para cada una de las actividades se debe medir el grado de impacto sobre los componentes ambientales, considerando como mínimo:

  • Efecto sobre la geosfera : suelo y tierra
  • Efecto sobre la atmósfera: emisiones atmosféricas, ruido
  • Efecto sobre la hidrósfera: aguas subterráneas y superficiales.
  • Efecto sobre la biota.
  • Efecto sobre las condiciones sociales, económicas y urbanísticas de los asentamientos vecinos directamente o indirectamente afectadas por el proyecto.
  • Diseño de los planes de prevención, mitigación, corrección, compensación de impactos y manejo ambiental a que haya lugar para desarrollar el proyecto de conformación y operación de la escombrera.

Luego de cualificados y cuantificados los efectos, deberá elaborarse Plan de manejo ambiental, con el objeto de establecer las medidas necesarias para prevenir, mitigar, corregir y compensar los impactos y efectos del proyecto. Incluyéndose además el plan de seguimiento, monitoreo y contingencia.

El plan de manejo será presentado de forma tal que las actividades que causen un efecto y/o impacto se esbozarán en fichas ambientales, que incluyan entre otros los siguientes aspectos:

  • Actividad o fenómeno que causa el impacto.
  • Tipo de impacto (descripción)
  • Efectos del impacto (cuantificación)
  • Tipos de medidas prevención, mitigación, control, compensación o corrección.
  • Tecnologías recomendadas.
  • Acciones de prevención, mitigación y control.
  • Criterio de diseño de las Obras.
  • Ubicación de obras y momento de aplicación
  • Requisitos de personal.
  • Cronograma de ejecución de las actividades del plan de manejo. Costos unitarios y por programa de inversión.
  • Requerimientos de capacitación técnica.
  • Programa de monitoreo y equipos a utilizar e instalar.
  • Programas de mantenimiento de los sistemas e instrumentos de control.
  • Tipos de informes y frecuencia.
  • Responsables

Deberá darse particular relevancia a:

Manejo de Afluentes Líquidos: Determinar tipo de afluentes líquidos y agruparlos de acuerdo a: aguas de escorrentía, aguas residuales domésticas (aguas negras, aguas grises); aguas residuales industriales. Descripción de tratamientos previos a la incorporación del efluente a los cuerpos de agua o alcantarillado de la ciudad; identificación sobre planos de los puntos donde se producen las diferentes descargas; cuantificación de las cantidades producidas.

En cuanto a las aguas lluvias se debe contar con sistemas para dirigir las aguas lluvias hacia uno o varios puntos de recolección y tratamiento. Estas aguas y las de lavado, provenientes de talleres de mantenimiento de maquinaria de la planta, lavado exterior de vehículos, y sectores de almacenamiento de aceites y combustibles, deberán contar con una trampa de grasas efectiva dentro de su recorrido.

Manejo de Residuos Sólidos: Agrupación por tipos de residuos en: residuos sólidos domiciliarios, residuos sólidos industriales y residuos sólidos especiales como material estéril. Presentación de los criterios y lineamientos para la segregación y recolección final de los residuos sólidos generados durante las diferentes operaciones de la actividad, clasificación de residuos de acuerdo a su tratamiento y disposición, etc.

La escombrera deberá estar dotada de un lugar especifico para el almacenamiento de desechos peligrosos tales como aceites, aditivos, combustibles, grasas y filtros usados. Tal lugar deberá estar localizado fuera del alcance de la acción de aguas lluvias, sobre una superficie impermeable, y con un dique de contención con el fin de evitar contaminación de suelos y aguas en caso de derrame.

Los tanques, tambores o canecas donde sea almacenado el aceite usado deberán permanecer cerrados y debidamente identificados. Deberá capacitarse al personal en el manejo de estos desechos, para garantizar el cumplimiento de las medidas tomadas.

Manejo de Emisiones Fugitivas

Presentar las medidas necesarias para el control de emisiones de partículas en patios de maniobras, a la salida y entrada de vehículos, hacia el exterior, etc. Deberán establecerse las medidas a considerar para minimizar la dispersión de partículas sobre las áreas vecinas.

Manejo del Ruido

  • Los compresores y plantas eléctricas deberán estar colocados en cuartos cerrados.
  • El cerramiento exterior (muros y/o barreras naturales) deberá aislar la planta, reduciendo al máximo los impactos ambientales generados por la misma y produciendo una imagen ambiental apropiada de sus instalaciones.
  • El personal de planta deberá tener los implementos adecuados para la protección del ruido siguiendo las políticas de salud ocupacional.

PROGRAMA DE EJECUCIÓN DE OBRA

Es necesario elaborar un programa de ejecución para la construcción y operación de la escombrera incluyendo donde corresponda, la aplicación de las medidas de manejo diseñadas y proyectadas, el cual deberá ser desagregado en actividades que permitan una rápida y permanente actualización. Para cada actividad deberá establecerse su comienzo y terminación, limitándose por acontecimientos identificables en obra, de esta manera se establecerá la operación de acuerdo con la zonificación establecida definiendo con ello la conformación de la escombrera según secuencia constructiva.

Para cada unidad o área deberá establecerse el tiempo de preparación de la superficie portante, los periodos de relleno y el tiempo de construcción de la cobertura definitiva.

PLAN DE SEGUIMIENTO.

    Deberá diseñarse un programa de seguimiento con el fin de contar y medir los efectos del proyecto y de la aplicación de las medidas de prevención, mitigación, corrección, compensación y manejo.

PLAN DE INVERSIONES Y COSTOS

En este capítulo se deberá incluir un plan de trabajo e inversiones para las diferentes actividades de construcción, operación y manejo ambiental de la escombrera, al igual que el nivel de inversiones y costos que tengan los trabajos.

Se tendrá en cuenta el desarrollo por etapas de la escombrera de forma tal que las labores de manejo y control ambiental se desarrollen paralelamente con los trabajos de conformación y operación de la escombrera.


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