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ANEXO #3


DOCUMENTO BORRADOR EN DISCUSIÓN.
NO CIRCULAR, NO CITAR.
PROPIEDAD INTELECTUAL DEL DAMA

ACUERDO DE PARTICIPACIÓN EN EL PROGRAMA DE EXCELENCIA AMBIENTAL DISTRITAL.

PROGRAMA DE EXCELENCIA AMBIENTAL DISTRITAL.
ANEXO 3

Regresar


Por la ejecución de este Acuerdo los firmantes, por un lado el representante legal de la empresa ______________________________________ y por el otro el director del DAMA, se comprometen a participar en el Programa De Excelencia Ambiental Distrital - PREAD y regirse por los términos que se describen en este Acuerdo, en la Guía del Programa De Excelencia Ambiental Distrital - PREAD y en la Resolución No. _______________ del DAMA.

BENEFICIOS

La empresa al participar obtiene los siguientes beneficios, que el DAMA se compromete a mantener mientras la empresa permanezca en el programa:

  • Reconocimiento público continuo a través de publicaciones (Página internet DAMA, Periódico).
  • Entrega de una placa representativa del programa durante una ceremonia organizada por el DAMA con la participación de los medios.
  • Logo del programa que podrá ser usado mientras formen parte del mismo en publicidad, productos, papelería, etc. Este logo mantendrá el mismo formato, pero tendrá distintos colores y diseños dependiendo del nivel en el que se encuentre la empresa.
  • Acceso a créditos con mayor facilidad para apoyar su reconversión a tecnologías más limpias (IFI, Fondo FRATI, etc.).
  • Demostrar liderazgo mediante la exposición de su experiencia, tanto al público, como a las empresas de su sector a través de seminarios organizados por el DAMA.
  • Privilegio de ser las primeras invitadas a asesorías o convenios que logre el DAMA con otras entidades.
  • Clasificación de bajo impacto en la liquidación del Impuesto Predial, según su resolución reglamentaria.
  • No habrá procesos de regulación constantes, las empresas se autorregularán. Dependiendo del nivel, el proceso de seguimiento se irá reduciendo.

La empresa se compromete a utilizar el logo sólo en publicidad, productos, papelería, etc., directamente relacionados con la fábrica o planta que esté participando en el programa, y no con la organización en general.

El DAMA puede modificar y actualizar los beneficios si lo considera conveniente y si las partes afectadas dan su visto bueno.

COMPROMISOS DE LA EMPRESA

Los compromisos le corresponden a la empresa mientras es parte del programa son:

  • Entregar un informe anual, en el mes de noviembre, sobre el desempeño ambiental de la empresa, el cual se regirá según los criterios estipulados en el Anexo #2 "ESPECIFICACIONES PARA LA ELABORACIÓN DEL INFORME ANUAL". Este informe será reemplazado en el primer año por el informe de autoevaluación y el reporte de la visita de evaluación.
  • Compartir su experiencia con empresas del sector a través de eventos organizados por el DAMA.
  • Participar con el DAMA y otras entidades comprometidas con el medio ambiente en campañas de cultura ambiental.
  • Integrar a la comunidad y los empleados en el proceso ambiental, mediante capacitaciones, cartillas, eventos, etc.
  • Acoger las medidas reguladoras que tome el DAMA en caso de no cumplimiento.
  • Hacer uso del logo del programa únicamente mientras forman parte del mismo.

El DAMA tendrá el poder de verificar que todos estos compromisos se están cumpliendo, en caso contrario, podrá tomar las medidas que se describen en la Guía del Programa De Excelencia Ambiental Distrital - PREAD, en la sección de INCUMPLIMIENTO, o las que se derivan de su atribución como Autoridad Ambiental.

Los informes, reportes y cualquier otra información que presente la empresa serán confidenciales, y solamente el DAMA tendrá acceso a estos. Si la empresa expresa que la información no es confidencial, ésta podrá ponerse a disposición del público si el DAMA o la empresa así lo deciden.

COMPROMISOS DEL DAMA

Al igual que las empresas, la autoridad ambiental tiene unos compromisos y responsabilidades que debe cumplir. Estos son:

  • Fortalecer los procesos de autogestión y autoevaluación de los participantes, privilegiando el compromiso adquirido y disminuyendo los procesos de seguimiento ejecutados por el DAMA a las compañías miembros del programa.
  • Promover talleres, seminarios, etc. en los que las empresas expondrán su experiencia como líderes ambientales.
  • Otorgar la Clasificación de Bajo Impacto a las organizaciones pertenecientes al PREAD según su resolución reglamentaria.
  • Conformar el Comité que calificará y decidirá la elección de las empresas, así como su permanencia.
  • Llevar un ordenado registro de las empresas que pertenecen al PREAD y de los informes que estas entreguen.
  • Tener la capacidad de informar ágilmente a las empresas sobre su desempeño en el programa, cuando estas lo soliciten.
  • Mantener actualizada la lista de las empresas miembros, para las publicaciones y demás reconocimientos públicos que se hagan.
  • Sostener los beneficios iniciales del programa mientras dure el mismo y buscar constantemente nuevos espacios que favorezcan a las empresas.
  • Abrir los períodos de las convocatorias al programa una vez al año, y darles el adecuado cubrimiento.
  • Continuar con los procedimientos de control y vigilancia, propios de su carácter de Autoridad Ambiental.

La empresa tiene la potestad de verificar que el DAMA esté cumpliendo estos compromisos, y si encuentra alguna falta por parte de la Autoridad Ambiental en este cumplimiento, debe manifestar por escrito su desacuerdo y explicar el motivo de su desavenencia.

TERMINACIÓN, SUSPENSIÓN Y/O EXCLUSIÓN DEL PROGRAMA

La participación en el programa comprenderá un período de cuatro (4) años que podrá suspenderse voluntariamente si la empresa y el DAMA así lo deciden, para lo cual la empresa deberá notificar su decisión por escrito al DAMA con treinta (30) días de antelación. Para volver a acceder al PREAD la empresa deberá acatar el proceso normal de inscripción.

De la misma manera, el DAMA podrá decidir la suspensión o exclusión de la empresa del programa, si comprueba alguna causal de suspensión o exclusión, las cuales se presentan en la sección de INCUMPLIMIENTO, en la Guía del Programa De Excelencia Ambiental Distrital - PREAD. El proceso de reelección estará sujeto a la decisión que haya tomado el Comité, ya sea en caso de suspensión o exclusión, el que también se explica en la Guía anteriormente citada.

En todo caso, sea terminación voluntaria, suspensión o exclusión, el DAMA se compromete a no informar esta decisión a nadie, con excepción de la empresa directamente implicada. Simplemente, la empresa dejará de tener acceso a los beneficios del programa.

MODIFICACIONES

Si hay algún arreglo entre las dos partes, este Acuerdo se puede modificar, bajo los parámetros que se especifiquen en la Guía del Programa De Excelencia Ambiental Distrital - PREAD y en la Resolución No. _______________ del DAMA.

El párrafo anterior no impide al DAMA cambiar aspectos que considere necesarios en el desarrollo del programa en sí, y que se informarán a la empresa con un período de X días.

LEYES

Este Acuerdo no limita la actividad del DAMA como Autoridad Ambiental, ni pretende ir en contra de la reglamentación ambiental vigente.

EFECTIVIDAD DEL ACUERDO

Este Acuerdo se hace efectivo desde el momento en que ambas partes firmen el documento, y tiene una validez de cuatro (4) años, a menos que haya una decisión de terminación voluntaria, suspensión o exclusión.

FIRMAS

Los firmantes hemos leído y estamos de acuerdo con las condiciones y términos de participación que se nombran en este Acuerdo de Participación en el Programa De Excelencia Ambiental Distrital - PREAD.

 

____________________________

MANUEL FELIPE OLIVERA ANGEL

Director DAMA

 

_____________________________

Representante Legal


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